En nuestra concepción, el
trabajo es un derecho y es un deber, porque es justo que cada uno produzca por
lo menos lo que consume.
Los trabajadores constituyen
uno de los pilares del proceso de cambio.
En el momento en que teníamos
que rescatar a la sociedad argentina de una concepción liberal, los
trabajadores configuraron la columna vertebral del proceso. En la comunidad a
que aspiramos, la organización de los trabajadores es condición imprescindible
para la solución auténtica del pueblo.
A partir del principio de la
libre posibilidad de construir sindicatos, el Justicialismo siempre sustentóse
en el criterio de la indivisibilidad de la clase obrera organizada. En
consecuencia, una sola central obrera.
El fundamento del vínculo es
la solidaridad. Las organizaciones sindicales viven el impulso de esa
solidaridad, que es la que da carácter permanente a la organización, y la única
fuerza indestructible que la aglutina. Ello con el claro sentido de que, además
de la solidaridad de la organización, está vigente la esencia de la solidaridad
individual de los hombres que la integran, por la sola razón de ser
trabajadores.
Los objetivos de las
organizaciones de trabajadores residen en la participación plena, la
colaboración institucionalizada en la formulación del Proyecto Nacional y su
instrumentación en la tarea de desarrollo del país.
Los trabajadores tienen que
organizarse para que su participación trascienda largamente de la discusión de
salarios y condiciones de trabajo. El país necesita que los trabajadores, como
grupo social, definan cuál es la comunidad a la que aspiran, de la misma manera
que los demás grupos políticos y sociales.
Se requiere la presencia
activa de los trabajadores en todos los niveles.
Ello exige actualización y
capacitación intensas, y exige también que la idea constituya el medio esencial
que supere a todos los demás instrumentos de lucha.
Las organizaciones sindicales
no valen sólo por la cantidad de los componentes que agrupan, sino también por
los dirigentes capacitados que las conducen. Debe procederse a la formación de
líderes en todos los niveles.
Ello es fundamental para que
los trabajadores cumplan con toda la responsabilidad que este Modelo Argentino
les asigna.
La capacidad para decidir y
para participar en las organizaciones de los trabajadores, forman parte de las
condiciones fundamentales del dirigente gremial.
Los Derechos del Trabajador,
consagrados en nuestra reforma constitucional de 1949, tienen plena vigencia e
integran este Modelo. Los derechos a trabajar, a una retribución justa, a la
capacitación, a condiciones dignas de trabajo, a la preservación de la salud,
al bienestar, a la seguridad social, a la protección de su familia, al
mejoramiento económico y a la defensa de los intereses profesionales,
contenidos en dicha reforma, tiene que ser adicionados con el derecho a la
participación plena, en los ámbitos a los cuales el trabajador sea convocado
por leyes especiales, y además con el derecho de participación en el ámbito de
las empresas en las cuales se desenvuelve.
No hay comentarios:
Publicar un comentario